Revista Capital: Procedimiento abreviado: una señal de debilidad de la fiscalía

Revista Capital: Procedimiento abreviado: una señal de debilidad de la fiscalía

En el restringido mundo penalista, para nadie es un misterio que el Ministerio Público pasa por un mal momento. La Fiscalía ha recibido durísimos reveses en juicios orales de alta connotación pública y hay una aversión al riesgo de los fiscales que está campeando en todo el país.

Esto tiene una explicación bastante simple: la administración del anterior fiscal nacional, Sabas Chahuán, privilegió el término de causas (por la vía que fuere) y gestionar en forma industrial los archivos provisionales (con las fatídicas unidades TCMC), en vez de potenciar buenos investigadores y litigantes. ¿Recuerdan el caso Metas? Bueno, esto significó que durante estos últimos ocho años de su gestión se redujeran en ¡10 puntos porcentuales! las sentencias condenatorias en juicios orales, lo que traducido en números reales significó que sólo durante el año 2014 en más de DOS MIL CASOS GRAVES los acusados fueron declarados INOCENTES.

Esto tiene un efecto psicológico devastador en las huestes persecutoras, que han visto al procedimiento abreviado como una puerta de salida “digna” ante la mayor posibilidad de perder litigando los casos, y la falta de estímulo interno a un trabajo de mayor calidad. Esto implica, por cierto, que las defensas negocian condiciones exageradamente ventajosas para sus clientes y que los fiscales sólo lleven a juicios orales delitos flagrantes de fácil resolución.

Saltándose sus propios instructivos generales, que obligan a los fiscales adjuntos a evitar el procedimiento abreviado en casos de connotación pública, el fiscal nacional saliente dio el peor de los ejemplos a sus fiscales al negociar una vergonzosa pena reducida para Jovino Novoa en un procedimiento abreviado (evitándole incluso la pena accesoria de inhabilitación perpetua para derechos políticos), en vez de llevar la causa a un juicio oral y público. Se reconoció una colaboración sustancial en la investigación, donde no existió ninguna, y se aceptó una reparación celosa en un delito tributario que no requiere perjuicio fiscal (delito de peligro abstracto).

Independiente de lo que resuelva la justicia en el caso Penta, la Fiscalía debe entender que no puede seguir cometiendo estos errores en casos emblemáticos, debe identificar y potenciar a sus mejores litigantes (terminando con el amiguismo interno en la asignación de casos mediáticos), debe reservar la negociación cuando efectivamente tiene pocas fortalezas y, finalmente, debe saber explicar sus decisiones al país.

Fuente: http://www.capital.cl/capital-legal/2016/01/21/121514/procedimiento-abreviado-una-senal-de-debilidad-de-la-fiscalia