Máxima instancia legal del país acogió a trámite el recurso presentado por el ex gerente general de la minera. Fiscal Nacional se defiende y busca evitar la prescripción del caso.
Cada día la pista se pone más pesada para el Ministerio Público en su afán de obtener la información contable de SQM posterior al año 2009. El último freno para la entidad liderada por Sabas Chahúan corrió por cuenta del Tribunal Constitucional (TC), entidad que congeló la investigación por la controvertida arista.
Ello, luego que la Segunda Sala admitiera a trámite el requerimiento presentado por el abogado Samuel Donoso en representación del ahora ex gerente general de la minera no metálica, Patricio Contesse, el cual cuestionaba los límites de Chahuán para ingresar libremente a las oficinas de la minera ubicadas en calle El Trovador.
De esta manera, el proceso quedará totalmente congelado hasta el próximo 25 de marzo, fecha en la que se programó la audiencia donde se discutirá el fondo del requerimiento, es decir, en esa fecha el TC deberá definir si efectivamente el Ministerio Público puede realizar todo tipo de indagatorias de delitos tributarios, sólo necesitando el respaldo del SII para presentar la querella, o bien si requiere el patrocinio de la entidad liderada por el Michel Jorratt a todo evento, incluso para realizar diligencias intrusivas.
La resolución que ata de manos a la Fiscalía en su afán de allanar la empresa controlada por Julio Ponce, ordenó la suspensión de la investigación penal solamente respecto de audiencias, acciones, resoluciones y autorizaciones que se refieran a medidas intrusivas, explicó Rodrigo Pica, relator de la segunda sala del sala del TC.
Peticiones en stand by
La determinación incluso congela los dos requerimientos que ingresaron el día de ayer al Octavo Juzgado de Garantía: el de la Fiscalía que solicitó permiso para allanar SQM y el de la propia empresa, presentado por el abogado Gabriel Zaliasnik, pidiendo que el Ministerio Público le comunicará a la minera los delitos por los cuales serían incautados.
Esta última acción es vista por el Ministerio Público como una medida para dilatar la entrega de información que la misma empresa comprometió al persecutor luego que el Octavo Juzgado de Garantía rechazara la cautela de garantía presentada por Contesse cuestionando las diligencias a mediados de la semana pasada.
Querellantes ponen presión
La determinación del Tribunal Constitucional también fue analizada por la Fundación Ciudadano Inteligente, querellante por el delito de cohecho en la arista SQM.
Para el abogado Pedro Orthusteguy, en este escenario se generará una “discusión sobre si la Fiscalía puede ingresar por la arista tributaria”. Sin embargo, el ex fiscal apunta a la acción penal enviada por la organización que también está presente en el caso Penta, y que es por “delitos funcionarios y por cohecho, los cuales son delitos de acción penal pública”.
Esto quiere decir que la querella podría funcionar como una ventana para la entidad liderada por Sabas Chahuán.
“En ese escenario, la fiscalía podría ingresar, previo control del Juzgado de Garantía y realizar las diligencias que estime necesarias para investigar el delito y pedir medidas intrusivas para investigar ese delito y no lo relacionado con la arista tributaria”, explica el querellante.
Otro espacio que podría utilizar la fiscalía sería obtener la información directamente del Servicio de Impuestos Internos, utilizando el artículo 19 del Código Procesal Penal, el cual regula la comunicación entre autoridades.
“A nuestro juicio, le queda una ventana que implica requerir al SII, como institución pública y que como institución del Estado entregue la información que le entregó Soquimich. Esa no es una medida intrusiva y la entidad estaría obligada a entregar la información solicitada”, explica Orthusteguy.
De acuerdo a la ley, las autoridades y órganos del Estado deberán realizar las diligencias y proporcionar, “sin demora, la información que les requirieren el ministerio público y los tribunales con competencia penal”, añade.
Este artículo que podría ser usado como última opción por la fiscalía sostiene que si Impuestos Internos eventualmente “retarda los antecedentes solicitados o se niega a enviarlos, a pretexto de su carácter secreto o reservado y el fiscal estimare indispensable la realización de la actuación”, el persecutor podría acudir a la Corte de Apelaciones respectiva y posteriormente escalar a la Corte Suprema.